21 may 2020

PRÓRROGA AUTOMÁTICA DE LAS AUTORIZACIONES DE RESIDENCIA Y TRABAJO




Preocupados por la inseguridad jurídica que el Estado de Alarma está causando tanto a los ciudadanos extranjeros que residen y trabajan en España, como a los que se encuentran fuera del territorio español, debido a las dificultades con las que muchos se han encontrado a la hora de presentar las solicitudes de renovación; la Secretaria de Estado de Migraciones a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, por Orden Ministerial ha aprobado recientemente, la prórroga automática durante 6 meses desde el levantamiento del Estado de Alarma, de todas aquellas autorizaciones de residencia y/o trabajo que venzan durante este período, sin necesidad de emitir una resolución individual para cada una de ellas en la Oficina de Extranjería.

Esta importante medida extiende sus efectos a diferentes tipos de autorización:
  • Autorizaciones temporales de residencia y/o trabajo
  • Autorización de estancia por estudios, movilidad de alumnos, prácticas no laborables o servicios de voluntariado previstas en la normativa de extranjería.
  • Tarjetas de familiar de ciudadano de la Unión Europea
  • Tarjetas de Identidad de Extranjero por residencia de larga duración
  • Tarjetas de Identidad de Extranjero para una estancia inferior a 90 días

Por lo que refiere a los visados de larga duración, expedidos al amparo de un Acuerdo de Movilidad de Jóvenes y los visados de estancia de estudios de hasta 180 días de duración que fueran a expirar durante el Estado de Alarma, la norma establece que se verán prorrogados por un período de 3 meses, siempre que el titular del mismo se halle en España y no le haya sido posible, por las circunstancias excepcionales derivadas de la crisis sanitaria (COVID-19), regresar a su país de origen.

También destacar que los titulares de autorizaciones temporales de residencia y/o trabajo y de las autorizaciones de estancia, así como a los de una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión o de larga duración, que hayan sido prorrogadas, y que se hallen durante el Estado de Alarma en el extranjero, podrán entrar en España presentando su documento de viaje válido y en vigor, acompañado de la Tarjeta de Identidad de Extranjero caducada.  

Las ausencias del territorio español como consecuencia de la imposibilidad de regresar a España por la crisis sanitaria no serán computables a los efectos de continuidad de residencia.

Con la aprobación de esta norma se pretende evitar que los ciudadanos extranjeros puedan encontrarse, de forma involuntaria y como consecuencia de la suspensión de plazos administrativos, en una situación de irregularidad sobrevenida.

La Unión Europea establece unas normas mínimas para la concesión de protección temporal, en caso de afluencia masiva de personas desplazadas...