Continuando con nuestro afán de informar sobre las últimas actualizaciones legislativas en materia de Extranjería, conviene saber que con fecha 19 de octubre de 2021, el Consejo de Ministros, ha propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha aprobado por Real Decreto, la reforma del Reglamento de Extranjería, con la finalidad de favorecer la integración en España de los menores extranjeros y ex-tutelados.
La reforma pretende evitar que los menores extranjeros al cumplir los 18 años, caigan en situación de irregularidad sobrevenida debido a la rigidez de la anterior normativa, y persigue como objetivo final fomentar la inclusión reduciendo la vulnerabilidad de este colectivo, impidiendo que estos menores de edad se conviertan en extranjeros indocumentados cuando alcancen su mayoría de edad.
¿En qué se traduce esta importante reforma legislativa?
1) Se establece que los ex-tutelados puedan alargar las autorizaciones de residencia, e incluso puedan acceder a una autorización de trabajo, si se encuentran en situación irregular y edad comprendida entre 18 y 23 años.
2) Se simplifica el procedimiento de documentación en el caso de los menores, y en consecuencia, se reduce el plazo para acreditar la imposibilidad de retorno de 9 a 3 meses, transcurrido el cual, podrán ser documentados de oficio por las propias oficinas de Extranjería, sin perjuicio de que dicho procedimiento pueda interferir en una posible repatriación.
3) Se alarga la vigencia de la autorización inicial a 2 años, y de la autorización de renovación a 3 años.
4) Se sustituye la exigencia de acta notarial para la cédula de inscripción por un informe de la entidad de protección de menores.
5) Se establece que las autorizaciones de residencia habiliten a trabajar cuando el menor alcance los 16 años.
6) Se establece un régimen propio para los menores ex-tutelados que alcancen la mayoría de edad favoreciendo la continuidad de la autorización de residencia y reduciendo la acreditación de medios suficientes a una cuantía más adecuada.
7) Se permite el acceso a una autorización de residencia y de trabajo, a los menores de edad que al cumplir los 18 años de edad se encuentren indocumentados, valorándose a los efectos, los informes sobre esfuerzo, integración, continuidad de estudios o formación.
No cabe duda de que estamos ante una reforma de relevante calado social que se estima beneficiará a unas 15.000 personas aproximadamente.
