Centramos nuestra atención en aquellos ciudadanos extranjeros que siendo además profesionales altamente cualificados quieran residir legalmente en España. Para ello, resulta obligado remitirnos a la conocida Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, para recordar que en estos casos existe un procedimiento más ágil, y con plazos más breves, que permiten solicitar una autorización de residencia legal en España
¿Quién es un profesional altamente cualificado? Los directivos, personal altamente cualificado, graduados y posgraduados de universidades y/o escuelas de reconocido prestigio, para desarrollo de una actividad laboral o profesional.
Aunque la consideración de un puesto como profesional altamente cualificado se realiza de forma individualizada teniendo en cuenta, entre otras cuestiones, la titulación, la competencia profesional, la experiencia profesional, el perfil del puesto de trabajo, las funciones a desarrollar y la remuneración adecuada al puesto, destaca la especial atención que se presta a los graduados o posgraduados recientemente titulados.
Asimismo debemos saber que además de la valoración del puesto como profesional altamente cualificado, la empresa que vaya a proceder a la contratación debe tener la consideración de "gran empresa" y debe formar parte de un proyecto acreditado como de "interés general"; y a su vez, el profesional o directivo debe ser graduado o posgraduado de universidad y/o escuela de reconocido prestigio.
- Plantilla de más de 250 empleados en España en los tres meses anteriores a la solicitud
- Volumen neto anual de negocios en España de más de 50 millones de euros
- Fondos propios o patrimonio neto en España de más de 43 millones de euros
- Inversión bruta media anual procedente del exterior no inferior a un millón de euros en los 3 años anteriores a la solicitud
- Valor del stock inversor o posición en España superior a 3 millones de euros según los últimos datos del Registro de Inversiones Exteriores del Ministerio de Economía y Competitividad.
- Mantenimiento de empleo
- Incremento significativo en la creación de puestos de trabajo en el sector o el área geográfica donde se vaya a desarrollar la actividad laboral
- Inversión extraordinaria con impacto socioeconómico en el área geográfica de actividad
- Razones de interés general para la política comercial y de inversión
- Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica
