8 sept 2019

"Un país para volver"



A nadie se le escapa que desde hace una década los ciudadanos españoles mantienen un pulso constante para paliar las graves consecuencias que la crisis económica ha producido en todos los niveles de la sociedad, siendo de gran preocupación para muchos la velocidad en la que éstas están siendo instituidas dentro del sistema. Tan cierto es, que el propio Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, reconoce según sus datos, que la cifra de españoles residentes en el extranjero se ha incrementado en un millón de personas desde el año 2009 hasta nuestros días, situándonos en lo que va de año en la cifra de 2.545.729 personas. 

Así las cosas, y con la finalidad de atender el retorno a España de esos miles de españoles que en su día se vieron obligados a emigrar en busca de una mejor condición de vida, y con un más que evidente objetivo de evitar que este flujo migratorio siga en aumento, el Consejo de Ministros en colaboración con diez ministerios, y la participación institucional de las comunidades autónomas, ayuntamientos, asociaciones de emigrantes y agentes sociales; ha aprobado recientemente el Plan de Retorno a España, mediante el cual se pretende facilitar la vuelta de los emigrantes españoles a España a través de la adopción de un conjunto de medidas encaminadas a suprimir los obstáculos de tipo personal, profesional y administrativo, que  dificultan el retorno de todos aquellos que por un motivo u otro, se encuentran residiendo en el extranjero. 

Con un presupuesto inicial de 24.209.400€ para 2019-2020, el gobierno español se enfrenta a la ardua labor de convertir a España en un lugar atractivo que permita al emigrante desarrollar su proyecto de vida, a nivel personal y profesional. Para ello “el plan” contempla un abanico de ayudas de diferente índole, consistentes en: proporcionar apoyo para planificar el regreso y posterior instalación; bonificar la cuota de autónomos a los emigrantes retornados que se planteen emprender una actividad económica; brindar acompañamiento psicológico en el proceso, y también la adopción de importantes medidas de mejora del sistema de I+D+i, como es la puesta a disposición para los más jóvenes científicos, de becas orientadas a retener el talento investigador en nuestro país para conseguir que los que se encuentran investigando fuera de nuestras fronteras puedan optar por regresar y hacerlo desde aquí y para una institución nacional.

Desde Emigralia, muy conscientes de la realidad que nos envuelve siempre sugerimos contar con un servicio de asesoramiento global para atender las dudas que el migrante retornado pueda presentar en el momento de planificar su regreso, y orientación en lo referente al derecho a obtener prestaciones económicas -vía subvención- con ocasión del retorno.       

29 jun 2019

BREXIT, la Unión Europea en la encrucijada



Ante el inminente cambio de escenario que a nivel internacional implica la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea, como consecuencia del referéndum celebrado en fecha 23 de junio de 2016, el gobierno de España ha adoptado medidas legales para regular la situación de los ciudadanos españoles residentes en Reino Unido y de los británicos residentes en España, así como el desarrollo de sus actividades económicas, en caso de no alcanzarse el acuerdo previsto antes del 31 de octubre de 2019.

En este sentido, se aprueba el Real Decreto-Ley 5/2019, de 1 de marzo, mediante el cual se adoptan medidas de contingencia ante la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea sin que se haya alcanzado el acuerdo previsto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea.

A efectos informativos, cabe recordar que el artículo 50 del Tratado de la Unión, regula el proceso de retirada de cualquier Estado miembro, y establece que todo país miembro de la Unión podrá decidir su salida, de conformidad con las normas constitucionales. Así, tras notificar su intención al Consejo Europeo, la Unión deberá negociar la forma de su retirada mediante la aprobación de un acuerdo que contemple las reglas aplicables en su relación futura con la Unión.

Es importante subrayar que si el acuerdo es ratificado antes de la mencionada fecha de 31 de octubre de 2019, la retirada del Reino Unido de la Unión Europea se produciría el primer día del mes siguiente, y en ese caso, habría que estar muy atentos al contenido de dicho acuerdo para conocer la normativa aplicable. Para el caso contrario, recomendamos la lectura del Real Decreto-Ley antes mencionado, que regula aspectos tan importantes como la situación de los ciudadanos españoles residentes en Reino Unido, y viceversa; de los trabajadores fronterizos, las relaciones laborales, la Seguridad Social, la asistencia sanitaria, la educación, y también todos los aspectos vinculados al ejercicio de las actividades económicas, como son: los servicios financieros, de aduanas, y de transporte, entre otros.

26 may 2019

Nacionalidad española por residencia legal


Por todos es conocido que la nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde por disposición legal. Es la ley la que determina los requisitos exigidos para acceder a su solicitud según sea el caso. De esta manera, entendiendo la nacionalidad como vínculo jurídico que une a la persona con el estado, su adquisición comporta con carácter general para el ciudadano extranjero, la ampliación de sus derechos pero también la imposición de una serie de obligaciones y deberes, por parte de la organización estatal a la que se vincula.

No podemos obviar que el fenómeno migratorio que ha presentado España desde 1993 hasta nuestros días, ha cambiado por completo el escenario social en el que se desenvuelve nuestra vida. La misma dinámica social ha propiciado el encuentro con personas que han nacido en contextos diversos, y que tras un determinado período de residencia legal han consolidado otro estatus jurídico, que les permite modificar su condición de extranjero residente legal para convertirse en nuevos ciudadanos de la Unión Europea mediante la obtención de la nacionalidad española.

Veamos pues cuáles son los períodos de tiempo exigidos para que un extranjero residente legal en España, pueda optar a la solicitud de la nacionalidad española por residencia legal continuada. Al respecto, con carácter general la ley establece un período de tiempo de 10 años de residencia legal continuada, pero reduce este período en unos determinados supuestos, que a continuación se detallan:
  • CINCO AÑOS, para aquellas personas que han obtenido la condición de refugiado
  • DOS AÑOS, para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen serfardí
  • UN AÑO, para los siguientes casos:
-el que haya nacido en territorio español
-el que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción
-el que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles, durante dos años consecutivos
-el que en el momento de la solicitud lleve un año casado con español o española y no esté separado legalmente o de hecho
-el viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente
-el nacido fuera de España de padre o madre (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles  

Además, el interesado deberá acreditar una buena conducta cívica, un suficiente grado de integración en la sociedad española, así como superar la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma (DELE), excepto cuando se trate de los nacionales de un país en el que el castellano sea lengua oficial.

19 abr 2019

Visado de búsqueda de empleo para hijos y nietos de españoles residentes en Argentina



Continuando con la finalidad de transmitir al migrante información actualizada que consideramos de su interés, Emigralia nos remite a una reciente comunicación publicada por la Dirección General de Migraciones (Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de España), dirigida al importante colectivo de descendientes españoles en Argentina mediante la cual se ofrece un visado de 3 meses de validez que permite a sus titulares la ventaja de poder viajar a España para obtener un empleo sin ninguna restricción.

Sabemos que España ha sido tradicionalmente un país de emigrantes, pero por diversos factores se ha convertido en un país de inmigrantes, y ello ha obligado a las autoridades a definir una política de actuación en esta materia, para conseguir que la llegada de inmigrantes se haga de una forma legal, ordenada y segura; pues de otro modo resulta completamente contraproducente si lo que se pretende es que estas personas logren su plena integración en el mercado laboral español.

Actualmente muchos son los organismos nacionales e internacionales que defienden que para la sostenibilidad de nuestro sistema, España necesitará a corto plazo de trabajadores inmigrantes para ocupar los puestos que van a quedar vacantes por la jubilación de españoles. Por este motivo, se empiezan a poner en marcha programas dirigidos a facilitar el proceso migratorio de ciudadanos procedentes principalmente de paises iberoamericanos, con los cuales mantenemos importantes vínculos culturales.

¿Es usted hijo o nieto de español de origen, residente en Argentina? ¿Quiere venir a España?

Si ese es su caso, España le ofrece la oportunidad de solicitar un visado de búsqueda de empleo con una duración de 3 meses, posibilidad de reagrupar a su familia y solicitar posteriormente la nacionalidad española. Lógicamente se exige seguir el procedimiento establecido a los efectos, y el cumplimiento de unos requisitos mínimos, como son: tener entre 18 y 45 años de edad, ser hijo o nieto de español de origen, no ostentar la nacionalidad española, residir en Argentina, carecer de antecedentes penales, estar en posesión de pasaporte en vigor con vigencia mínima de 6 meses, y disponer de recursos económicos para su estancia, así como un seguro médico de viaje.

A partir del día 1 de abril de 2019 y hasta el día 31 de mayo de 2019, los interesados pueden iniciar desde Argentina el proceso de búsqueda de empleo, a través de los mecanismos que el propio servicio público de empleo ha habilitado para este fin. 

6 abr 2019

Barcelona, residencia legal por inversión inmobiliaria


Gracias a su privilegiada ubicación geográfica, y a la impresionante arquitectura modernista de los edificios que conforman su paisaje urbano, la ciudad de Barcelona destaca por su belleza, despertando la admiración e interés del inversor extranjero; que por un lado, busca refugio económico en un mercado inmobiliario diferenciado; y por otro, la posibilidad de residir en una distinguida y moderna ciudad europea. 

Así pues, resulta de interés conocer los aspectos legales más importantes que deben tenerse en cuenta para obtener una autorización de residencia con motivo de la compra de un inmueble.

Al respecto, la ley considera que estamos ante una inversión inmobiliaria tanto en el supuesto en el que la compra se haya formalizado y conste inscrita en el Registro de la Propiedad, como en el supuesto en el que dicha compra se encuentre en trámite de inscripción. En éste último caso, hay que tener muy claro que si existe un precontrato de compraventa con garantía de cumplimiento, el precontrato tendrá la consideración de “inversión” a los efectos de solicitud de visado, concediéndole al solicitante el plazo de 6 meses para formalizar la compra. Será posteriormente, en el momento en que se produzca la compra efectiva del inmueble o inmuebles, cuando el interesado podrá solicitar el visado de residencia para inversores de 1 año de duración o la autorización de residencia.   

La inversión se puede realizar en 1 o varios inmuebles, siempre y cuando entre todos sumen un  importe mínimo de 500.000€. El tipo de inmueble, puede ser cualquiera: rústico o urbano, construido o en construcción, vivienda o nave industrial, etc; y puede dedicarse a cualquier uso: vivienda, arrendamiento, negocio, u otros. 

Para solicitar el visado, habrá que distinguir: 

Si el inversor está en el extranjero, es necesario acreditar que ha dispuesto de una inversión en bienes inmuebles por valor mínimo de 500.000€ libre de cargas y gravámenes. Para ello, si el inmueble consta inscrito, se le exigirá que aporte el certificado de dominio y cargas del Registro de la Propiedad que corresponda al inmueble o inmuebles; y en caso de que no esté inscrito y se encuentre en trámite de inscripción, se le exigirá que aporte certificación del Registro de la Propiedad correspondiente, en la que conste vigente el asiento de presentación del documento de adquisición, acompañada de la escritura de compraventa y de la documentación acreditativa del pago de los tributos correspondientes.

Si el inversor extranjero se encuentra en España, deberá acreditar estar en posesión de un visado de residencia para inversor en vigor o encontrarse dentro del plazo de los 90 días naturales posteriores a la caducidad de éste. Además, deberá aportar certificado de dominio y cargas del Registro de la Propiedad que corresponda al inmueble o inmuebles, fechado dentro de los 90 días anteriores a la presentación de la solicitud de autorización de residencia.


24 mar 2019

Ventajas de los nacionales de Chile y Perú para trabajar en España



Establece la Constitución española que los extranjeros gozan en España de las libertades públicas garantizadas en el Titulo I de la Constitución, en los términos establecidos y fijados por los Tratados Internacionales y las Leyes.

De su lectura se desprende con meridiana claridad, que por un lado, existen derechos que corresponden por igual a españoles y extranjeros, y cuya regulación ha de ser igual para ambos, pero por otro lado; existen derechos que no pertenecen en modo alguno a los extranjeros; y finalmente existen otros que pertenecerán o no a los extranjeros según lo dispongan los tratados y las leyes, siendo entonces admisible la diferencia de trato con los españoles en cuanto a su ejercicio.  

En este orden de ideas, el derecho al trabajo en España de los nacionales extranjeros es un derecho de configuración legal, ya que la constitución española solamente reconoce el derecho al trabajo a los nacionales españoles. Por tanto, la regulación en esta materia la encontramos en regímenes jurídicos diferenciados, en los cuales solamente después de que el extranjero acredite su inclusión en alguno de ellos, es cuando se le reconocerá el derecho a trabajar dentro de su estatus jurídico.

Para que los extranjeros residentes en España puedan desarrollar una actividad remunerada es necesario cumplir con una serie de requisitos fijados en la ley y sus disposiciones de desarrollo. Así pues, para la concesión de una autorización de trabajo es necesario que previamente el empresario o empleador presente una solicitud para la cobertura de un puesto vacante que necesite cubrir con un trabajador extranjero residente en un tercer país. Dentro de los requisitos exigidos, y salvo algunas excepciones, la autoridad competente deberá comprobar que la situación nacional de empleo permite la contratación de ese trabajador extranjero.

Pero ¿qué és la situación nacional de empleo? y ¿en qué consiste su valoración?

La situación nacional de empleo es la insuficiencia de demandantes de empleo, adecuados y disponibles, para cubrir el puesto de trabajo que oferta el empresario a un trabajador extranjero, y corresponde a los Servicios Públicos de Empleo, determinar su existencia. Para ello, los servicios de empleo autonómicos elaboran trimestralmente un catálogo de puestos de difícil cobertura, que incluye los puestos de trabajo que no pueden ser cubiertos por el mercado nacional, y en consecuencia, la inclusión de una ocupación para un ámbito geográfico determinado en este catálogo permite la cobertura de un puesto de trabajo por un ciudadano extranjero que no resida en España.

Actualmente, los puestos ofertados trimestralmente se corresponden a ocupaciones que requieren un alto grado de especialización, y quedan limitados a unas profesiones determinadas, por lo que en la mayoría de los casos resulta de gran dificultad para el extranjero su calificación dentro del mismo, y por consiguiente, su contratación.

En este sentido es importante conocer la regulación legal que en esta materia existe para los nacionales de Chile y Perú, los cuales están exentos de la consideración de la situación nacional de empleo en la cobertura de puestos de trabajo, en virtud de los Convenios Internacionales firmados por España con Chile y Perú.

Ello supone una gran ventaja para aquellos nacionales de Chile y Perú, que se plateen venir a trabajar a España porque en el momento de solicitar su autorización de residencia y trabajo, no se les aplicará el requisito de valorar la situación nacional de empleo. Por tanto, pueden ser contratados desde su país de origen si cuentan con una oferta de trabajo en España. 

16 feb 2019

Florida (USA), importante destino para la internacionalización de la empresa española



Con una extensión de 170.305 km2 de territorio y más de 20.000.000 de habitantes, el estado de Florida se sitúa en la cuarta posición por su aportación al PIB de Estados Unidos de América, alcanzando en la actualidad la cifra de un billón de dólares. Superada la crisis de 2011, los datos económicos siguen siendo favorables. Con una renta per cápita por encima de los 39.500$ y una tasa de desempleo de un 3,6%, el estado de Florida continua creciendo con tasas superiores al 3%. 

Factores como la estabilidad política y social, junto a la seguridad jurídica y la solidez de su economía, convierten esta región en un excelente clima para los negocios, y en consecuencia, en uno de los destinos más atractivos para la inversión extranjera.

Florida ocupa el cuarto lugar en el ranking de mejor fiscalidad a nivel nacional, y posee una economía diversificada en distintos sectores. Un gran atractivo son los numerosos desarrollos inmobiliarios que han atraído importantes sumas de capital extranjero procedente de todas partes del mundo. En el sector turismo, su industria no se detiene y alcanza los más de 112 millones de visitantes al año, destacando especialmente los parques de atracciones de Orlando y los cruceros que arriban al puerto de Miami. También el Centro Espacial de la NASA, creado en 1970, ha contribuido notablemente al desarrollo económico del sector aeronáutico, concentrando más de 2.200 empresas que prestan servicios de mantenimiento, reparación y puesta a punto de aeronaves. A nivel logístico, su magnífico emplazamiento favorece la unión entre América Latina y el Caribe. Gracias a sus 15 puertos marítimos, 20 aeropuertos comerciales y más de 50 conectores multimodales, unas 70.000 empresas desarrollan su actividad económica, generando empleo a más de 670.000 personas. También es de destacar el actual desarrollo que ha experimentado el sector tecnológico, debido a la firma de importantes acuerdos de colaboración entre la Administración, las universidades y las empresas, lo cual ha permitido aunar esfuerzos y apostar por innovadores proyectos, como la puesta en marcha de conocidas start-ups. 

A nivel comercial, las relaciones económicas entre Florida y España son dinámicas y se han intensificado en los últimos años. Los intercambios comerciales se han incrementado, como consecuencia de la fuerte presencia de nuestras empresas y de ciudadanos españoles en el territorio (más de 50.000 registrados en el consulado español). 

A pesar de que en el estado de Florida encontramos varias ciudades con óptimas condiciones para el desarrollo de cualquier actividad económica y una excelente calidad de vida, se conoce que el 75% de las empresas españolas han optado por instalar sus oficinas en Miami, convirtiendo a esta ciudad en el epicentro económico para sus negocios. 

Convencidos de que el estado de Florida puede ser un importante destino para la internacionalización de cualquier empresa española, en Emigralia siempre aconsejamos recabar la máxima información posible del lugar destino. Si el objetivo es desarrollar un proyecto empresarial recuerde que antes de iniciar su proyecto empresarial es fundamental realizar una prospección del mercado y contar con un buen asesoramiento legal a nivel local. 

La Unión Europea establece unas normas mínimas para la concesión de protección temporal, en caso de afluencia masiva de personas desplazadas...