Con fecha 13 de mayo de 2024 ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado, el Convenio suscrito por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Reino de España (Secretaria de Estado de Migraciones) y la Fundación España Salud, sobre la prestación de la asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en Venezuela que carezcan de recursos suficientes.
Dicho convenio encuentra su base legal, por un lado, en el artículo 17 de la Ley 40/2006 de 14 de diciembre del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior, por medio del cual, se reconoce el derecho a la protección de la salud, con la finalidad última de equiparar la que se concede a los residentes en el exterior con la que se presta por el Sistema Nacional de Salud en España; y por otro lado, en la disposición adicional primera de la Ley 3/2005, de 18 de marzo, que reconoce el derecho a la asistencia sanitaria para los ciudadanos de origen español desplazados durante su mínoría de edad al extranjero, en el período comprendido entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1939, como consecuencia de la Guerra Civil española.
Asímismo, establece el referido Convenio que, la prestación de asistencia sanitaria a los españoles residentes en Venezuela se llevará a cabo a través de la Fundación España Salud, a la cual se le conoce como una entidad radicada en Venezuela cuyo objeto es prestar asistencia médico-quirúrgica y farmacéutica a los emigrantes españoles, en particular a los beneficiarios de las prestaciones recogidas en el párrafo anterior sin perjuicio de que su acción se extienda a todos los miembros de la colectividad española, y que dispone de instalaciones clínicas y hospitalarias propias o contratadas en las cuales puede dispensar asistencia médica ambulatoria, de especialidades y/o hospitalaria.
La prestación se extiende al colectivo de españoles residentes legalmente en Venezuela, al que habiéndosele reconocido los derechos anteriormente expuestos, se encuentren en situación de necesidad, y carezcan de asistencia sanitaria o no tengan cobertura suficiente de esta contingencia.
Según el acuerdo suscrito, la Fundación España Salud se compromete a prestar la asistencia sanitaria, ambulatoria, de especialidades y hospitalaria, así como farmacéutica, a las personas que reúnan los requisitos establecidos en el Convenio, en las condiciones siguientes:
- La atención primaria se prestará con medios propios de la Fundación España Salud a través de la contratación de un equipo médico.
- La atención especializada ambulatoria se concertará por parte de la Fundación España Salud con médicos, proveedores de servicios o clínicas privadas.
- La atención quirúrgica hospitalaria se concertará con clínicas privadas.
- La atención farmacéutica se prestará mediante la suscripción de los oportunos convenios con proveedores farmacéuticos venezolanos, debidamente acreditados.
