1 nov 2021
Galicia, pasado y presente para miles de inmigrantes
20 oct 2021
Aprobada la reforma legal que favorece la integración de menores extranjeros en España
Continuando con nuestro afán de informar sobre las últimas actualizaciones legislativas en materia de Extranjería, conviene saber que con fecha 19 de octubre de 2021, el Consejo de Ministros, ha propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha aprobado por Real Decreto, la reforma del Reglamento de Extranjería, con la finalidad de favorecer la integración en España de los menores extranjeros y ex-tutelados.
La reforma pretende evitar que los menores extranjeros al cumplir los 18 años, caigan en situación de irregularidad sobrevenida debido a la rigidez de la anterior normativa, y persigue como objetivo final fomentar la inclusión reduciendo la vulnerabilidad de este colectivo, impidiendo que estos menores de edad se conviertan en extranjeros indocumentados cuando alcancen su mayoría de edad.
¿En qué se traduce esta importante reforma legislativa?
1) Se establece que los ex-tutelados puedan alargar las autorizaciones de residencia, e incluso puedan acceder a una autorización de trabajo, si se encuentran en situación irregular y edad comprendida entre 18 y 23 años.
2) Se simplifica el procedimiento de documentación en el caso de los menores, y en consecuencia, se reduce el plazo para acreditar la imposibilidad de retorno de 9 a 3 meses, transcurrido el cual, podrán ser documentados de oficio por las propias oficinas de Extranjería, sin perjuicio de que dicho procedimiento pueda interferir en una posible repatriación.
3) Se alarga la vigencia de la autorización inicial a 2 años, y de la autorización de renovación a 3 años.
4) Se sustituye la exigencia de acta notarial para la cédula de inscripción por un informe de la entidad de protección de menores.
5) Se establece que las autorizaciones de residencia habiliten a trabajar cuando el menor alcance los 16 años.
6) Se establece un régimen propio para los menores ex-tutelados que alcancen la mayoría de edad favoreciendo la continuidad de la autorización de residencia y reduciendo la acreditación de medios suficientes a una cuantía más adecuada.
7) Se permite el acceso a una autorización de residencia y de trabajo, a los menores de edad que al cumplir los 18 años de edad se encuentren indocumentados, valorándose a los efectos, los informes sobre esfuerzo, integración, continuidad de estudios o formación.
No cabe duda de que estamos ante una reforma de relevante calado social que se estima beneficiará a unas 15.000 personas aproximadamente.
6 oct 2021
Residencia legal en España para profesionales altamente cualificados
Centramos nuestra atención en aquellos ciudadanos extranjeros que siendo además profesionales altamente cualificados quieran residir legalmente en España. Para ello, resulta obligado remitirnos a la conocida Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, para recordar que en estos casos existe un procedimiento más ágil, y con plazos más breves, que permiten solicitar una autorización de residencia legal en España
¿Quién es un profesional altamente cualificado? Los directivos, personal altamente cualificado, graduados y posgraduados de universidades y/o escuelas de reconocido prestigio, para desarrollo de una actividad laboral o profesional.
Aunque la consideración de un puesto como profesional altamente cualificado se realiza de forma individualizada teniendo en cuenta, entre otras cuestiones, la titulación, la competencia profesional, la experiencia profesional, el perfil del puesto de trabajo, las funciones a desarrollar y la remuneración adecuada al puesto, destaca la especial atención que se presta a los graduados o posgraduados recientemente titulados.
Asimismo debemos saber que además de la valoración del puesto como profesional altamente cualificado, la empresa que vaya a proceder a la contratación debe tener la consideración de "gran empresa" y debe formar parte de un proyecto acreditado como de "interés general"; y a su vez, el profesional o directivo debe ser graduado o posgraduado de universidad y/o escuela de reconocido prestigio.
- Plantilla de más de 250 empleados en España en los tres meses anteriores a la solicitud
- Volumen neto anual de negocios en España de más de 50 millones de euros
- Fondos propios o patrimonio neto en España de más de 43 millones de euros
- Inversión bruta media anual procedente del exterior no inferior a un millón de euros en los 3 años anteriores a la solicitud
- Valor del stock inversor o posición en España superior a 3 millones de euros según los últimos datos del Registro de Inversiones Exteriores del Ministerio de Economía y Competitividad.
- Mantenimiento de empleo
- Incremento significativo en la creación de puestos de trabajo en el sector o el área geográfica donde se vaya a desarrollar la actividad laboral
- Inversión extraordinaria con impacto socioeconómico en el área geográfica de actividad
- Razones de interés general para la política comercial y de inversión
- Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica
11 jun 2021
Novedades para solicitar la residencia legal por arraigo laboral
30 abr 2021
Nacionalidad española con valor de simple presunción
Nos preguntamos ¿es español el que nace en España siendo hijo de padres extranjeros? Pues ello dependerá de cada caso en particular, y de la legislación aplicable a la nacionalidad que tengan ambos progenitores.
El propio código civil español considera que son españoles de origen los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad, estableciendo que en ese caso, existe la posibilidad de declarar la nacionalidad española con valor de presunción mediante el correspondiente expediente en el Registro Civil.
Pero ¿quién puede considerarse apátrida? El término apátrida refiere exactamente a aquellos ciudadanos que ningún Estado los reconoce como nacionales suyos.
Así pues, cabe afirmar que el nacido en territorio español de padres extranjeros, podrá ostentar la nacionalidad española con valor de presunción, siempre y cuando el país del que son nacionales los padres, no conceda la nacionalidad de alguno de ellos al hijo nacido en España.
¿Qué pasos deben seguirse para proceder con dicho trámite? Será necesario acreditar debidamente la anterior situación.
Para ello, lo primero que deben hacer los progenitores o representantes legales de los niños nacidos en España, es comprobar en sus respectivos consulados si su país concede o no, la nacionalidad al hijo que ha nacido en España, y luego, si es el caso, deberán comparecer en el Registro Civil, y aportar la siguiente documentación:
- Certificado consular de no atribución de la nacionalidad de los padres al menor
- Tarjeta de residencia o pasaporte en vigor de los padres
- Certificado consular acreditativo de la nacionalidad de los padres del menor
- Certificado de empadronamiento de los solicitantes actualizado
21 mar 2021
Madrid, capital de España y tierra adoptiva de muchos
Ubicada en el centro de la península ibérica, con una superficie de 604,45 km2 y una población de 6.779.888 habitantes, se alza la Comunidad Autónoma de Madrid, conocida principalmente por emplazar a la ciudad de Madrid, como la capital de España, siendo precisamente esa capitalidad el factor diferenciador respecto al resto de ciudades españolas.
Madrid se presenta al mundo como una ciudad abierta, multicultural y moderna, en la que el arte y la naturaleza se encuentran perfectamente ofreciendo un entorno único a visitantes y residentes. Parte de su gran atractivo lo encontramos en el importante número de museos que concentra, tales como: el Museo del Prado, el Museo Nacional de Arte Reina Sofía, el Museo Thyssen-Bornemisza, el Museo Arqueológico Nacional, entre otros; así como la gran extensión de zonas verdes que confluyen en el paisaje a través de conocidos parques naturales, como son: el parque del Retiro, el parque Madrid Río, la Casa de Campo, el parque forestal Valdebebas-Felipe VI, el parque Juan Carlos I, o el Jardín Botánico, entre otros.
La grandeza de Madrid extiende sus efectos de modo global abarcando un importante nivel de desarrollo en prácticamente todo su territorio, convirtiéndose desde hace unos años en una ciudad de referencia internacional. La combinación de estabilidad política, y baja presión fiscal si lo comparamos con otras comunidades autónomas, han generado el clima de confianza necesario para atraer grandes capitales procedentes de otras ciudades españolas y un interesante volumen de inversiones extranjeras.
Internacionalmente reconocida como capital Europea de la cultura (1992), Madrid destaca por su hospitalidad y una excelente oferta cultural que se hace patente cuando se transita por sus calles donde emblemáticos edificios de exquisita arquitectura rodeados de impresionantes esculturas de famosos artístas, configuran un paisaje que hace alarde de su célebre riqueza cultural.
Gracias a su priviligiada categoría como capital del Estado español, Madrid concentra múltilples sedes representativas de organismos y/o instituciones nacionales e internacionales, tanto públicos como privados, además de ser la octava ciudad del mundo con mayor presencia de multinacionales, generando con ello, un notable dinamismo en su actividad económica y comercial.
A nivel nacional, Madrid reúne sedes tan importantes, como son: la del Gobierno de España, la de los Ministerios, la de las Cortes Generales (Congreso y Senado), la del Tribunal Supremo, la del Tribunal Constitucional, la residencia oficial de los Reyes de España, y la residencia oficial del Presidente de Gobierno. También las sedes de las principales instituciones reguladoras y difusoras del idioma español, como son: la Asociación de Academias de la Lengua Española, la Real Academia Española, el prestigioso Instituto Cervantes, o la conocida Fundación del Español Urgente, encargada de velar por el buen uso del idioma español. A nivel internacional, acoge: la sede central de la Organización Mundial del Turismo, la sede central de la Organización Internacional de Comisiones de Valores, la sede de la Secretaria General Iberomericana, la sede de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Eduación, la Ciencia y la Cultura, la sede del Organismo Internacional de la Juventud para Iberoamérica, y la sede de Public Interest Oversight Board, entre otras.
Una magnífica red de transporte público (buses, trenes, metro) junto a una equipada infraestructura de carreteras permite un fácil desplazamiento entre sus 21 distritos: Centro, Arganzuela, Retiro, Salamanca, Chamartín, Tetuán, Chamberí, Fuencarral-El Pardo, Moncloa-Aravaca, Latina, Carabanchel, Usera, Puentes de Vallecas, Moratalaz, Ciudad Lineal, Hortaleza, Villaverde, Villa de Vallecas, Vicálvaro, San Blas-Canillejas, y Barajas.
A nivel formativo, Madrid dispone de una amplia oferta de centros de educación superior, tanto públicos como privados. Destaca la Universidad Complutense de Madrid, Universidad Autónoma de Madrid, Universidad Politécnica de Madrid, Universidad Carlos III de Madrid, Universidad Rey Juan Carlos, Universidad de Alcalá. Además de las universidades públicas, Madrid cuenta con las siguientes privadas: Universidad Internacional Menéndez Pelayo, Universidad Pontificia Comillas, Universidad Pontificia de Salamanca, Universidad Alfonso X el Sabio, Universidad San Pablo CEU, Universidad Francisco de Vitoria, Universidad de Navarra, Universidad Antonio de Nebrija, entre otras.
Madrid como capital de España y lugar de acogida de muchos foráneos, resulta sin duda, un interesante destino para cualquier migrante.
14 feb 2021
Claves para la internacionalización de la empresa
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