7 mar 2025

Prorrogada la validez de las tarjetas de identidad de extranjero a personas afectadas por el conflicto en Ucrania


La Unión Europea establece unas normas mínimas para la concesión de protección temporal, en caso de afluencia masiva de personas desplazadas, procedentes de un país o zona geográfica determinada que se encuentre en conflicto. Por ello, en base a unos principios básicos de actuación, todos los Estados que conforman la Unión Europea colaboran estrechamente y de manera equitativa, para facilitar la acogida de aquellos que por circunstancias externas no pueden regresar al lugar de origen. A tales efectos, y en cumplimiento de la normativa aplicable, a cada Estado le corresponde documentar a las personas desplazadas a su territorio con una Tarjeta de Identidad de Extranjero para que éstos puedan acreditar que son beneficiarios de protección temporal. 

Si bien el Reglamento de Extranjería aprobado recientemente en España y que entrará en vigor el 20 de mayo de 2025, prevé que para el caso de producirse una afluencia masiva de personas desplazadas, la persona titular del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, pueda (mediante Orden) regular el procedimiento para poder modificar la autorización de residencia de las personas desplazadas conforme a la legislación sobre protección temporal; lo cierto es que debido a la inestable situación de Ucrania, en la actualidad ni la Unión Europea ni España lo han hecho. En consecuencia, en estos momentos no existe regulación legal para que estas personas puedan cambiar su estatus migratorio, hacia otros tipos de "autorización de residencia".

Dicho lo anterior, y por las razones expuestas, en fecha 27 de febrero del presente, el Ministerio del Interior ha dictado la Orden INT/195/2025, por la que se prorroga hasta el 4 de marzo de 2026, la validez de las tarjetas de identidad de extranjero expedidas a las personas afectadas por el conflicto en Ucrania beneficiarias de protección temporal, y por lo tanto, ya no será necesario que estas personas obtengan una nueva Tarjeta de Identidad de Extranjero para cumplir con las exigencias previstas en el artículo 210 del Reglamento de Extranjería, relativas a los requisitos y procedimientos para la documentación de personas extranjeras.

Por último, y no menos importante, debemos destacar que la referida Orden INT/195/2025, entró en vigor el día 1 de marzo de 2025, coincidiendo con la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

8 feb 2025

Aprobado el nuevo reglamento de extranjería en España


El fenómeno migratorio en España ha experimentado recientemente una importante transformación que ha dado lugar al desarrollo de una política migratoria integral que ha centrado sus esfuerzos en conseguir una normativa adecuada a la realidad y naturaleza de los flujos migratorios que se producen en nuestro país desde hace unas cuantas décadas.

Así pues, en coherencia con esa transformación y con una clara voluntad de adaptarse a los cambios que afectan a todas las situaciones de las personas extranjeras en España, en fecha 20 de noviembre de 2024, ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

El nuevo reglamento, pretende simplificar y agilizar los procedimientos, evitando la presentación excesiva de documentos, por vías inadecuadas, o la doble comprobación de requisitos; reducir los tiempos excesivos empleados para algunas vías de migración regular; mejorar la concreción jurídica respecto a las figuras y situaciones cubiertas por determinados permisos; contemplar de manera expresa, los derechos de las personas trabajadoras migrantes consagrados en el derecho de la Unión Europea; conseguir una mayor claridad en lo relativo a aquellas disposiciones comunes a todas las autorizaciones, como es el caso de la presentación de solicitudes o la extinción de las autorizaciones; así como regular los supuestos y las condiciones en los que es posible modificar el estatus migratorio de una persona y de sus familiares. 

¿Cuáles son los cambios más significativos del nuevo reglamento de extranjería?
  • En lo relativo al régimen de entrada y salida de territorio español: se sustituye el concepto de puesto fronterizo por paso fronterizo.
  • En lo relativo al apartado que anteriormente regulaba únicamente el tránsito aeroportuario: se amplia la regulación a todos los visados, haciendo referencia a su definición, clases, procedimiento y requisitos.
  • En lo relativo a la estancia: se introducen cambios tanto en la estancia de corta duración (se específican los requisitos para las prórrogas de estancia sin visado) como en la estancia de larga duración (se modifica la denominación de la estancia de estudios, cuya denominación pasa a ser estancia por estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariados o actividades formativas; y en aras a una mayor seguridad jurídica, se aclara cada tipología de estudios, tipo de instituciones y centros en los que pueden cursarse, y además se prevé la creación del Registro de Instituciones y Centros de Enseñanza Superior) .
  • En lo relativo a la residencia temporal: se eliminan algunas figuras como las de investigación, Tarjeta azul-UE, o prestaciones transnacionales de servicios; se introduce la autorización de familiares de personas con nacionalidad española, y se autoriza el trabajo por cuenta propia en paralelo con el trabajo principal por cuenta ajena.
  • En lo relativo a la reagrupación familiar, se establece una edad mínima de dieciocho años para la reagrupación de cónyuges, se introduce la definición de vivienda conforme a la Ley 12/2023, por el derecho a la Vivienda, se concretan los miembros de la familia que pueden reagruparse, y se modifica el período de convivencia requerido para el permiso independiente para el/la cónyuge en línea con la reagrupación de familiares de ciudadanos comunitarios que ejercen la libre circulación.
  • En lo relativo a las autorizaciones de residencia y trabajo para actividades de temporada: se introduce la posibilidad de solicitar dicha autorización a nivel individual; y por lo que refiere a la gestión colectiva de contrataciones en origen: se permite tramitar de forma conjunta varias autorizaciones (al menos 10) siempre que las personas extranjeras no se encuentren en España.
  • En lo relativo a las autorizaciones por circuntancias excepcionales: se crean nuevas figuras por razones de arraigo según el caso, distinguiendo entre: de segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo, familiar; y se reduce el período de permanencia mínimo en España a los dos años, excepto en el arraigo familiar para el que no se exige permanencia mínima alguna.
  • En lo relativo a la modificación de las situaciones de las personas extranjeras en España: se establecen grandes cambios para trasponer parcialmente al ordenamiento jurídico español parte de la Directiva UE 2024/1233 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, que establece un procedimiento único de solicitud de permiso único que autoriza a los nacionales de terceros países a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro, así como un conjunto común de derechos para las personas trabajadoras de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro.
Conviene destacar que el nuevo reglamento de extranjería entrará en vigor el día 20 de mayo de 2025, fecha en la cual (y no antes) desglegará todos sus efectos. 

28 nov 2024

El seguro de salud para estudiantes extranjeros en España

Según recientes datos publicados por el Observatorio Permanente de la Inmigración dependiente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el número de personas con autorización de Estancia por Estudios en vigor a fecha 30 de junio de 2024 se ha visto incrementado un 19% respecto al año anterior, alcanzando la importante cifra de 78.984.

Así pues, cada año son más, los alumnos procedentes del extranjero que eligen nuestros centros educativos para cursar o ampliar sus estudios; atraídos en su mayoría, por una amplia oferta educativa, una excelente calidad académica, un alto nivel de calidad de vida, y un entorno seguro.  

La gran afluencia de estudiantes extranjeros ha convertido nuestro país en un referente mundial como destino preferido para los estudiantes internacionales.

En este contexto, y de conformidad con lo establecido en la vigente normativa española de extranjería, todo extranjero que quiera desplazarse a España con la finalidad de cursar o ampliar estudios, debe solicitar previamente el correspondiente visado que comprenderá la autorización administrativa para permanecer legalmente en España mientras realiza sus estudios.

Para ello, el estudiante extranjero debe acreditar que se encuentra matriculado en un centro educativo público o privado, que dispone de medios económicos suficientes para sufragar sus gastos de estancia, y además debe contar un seguro de salud que se adecue a las exigencias requeridas por nuestra legislación.

¿Cómo y dónde puedo contratar  el seguro de salud para estudiantes extranjeros en España?

El seguro de salud que el estudiante extranjero debe aportar con su solicitud de visado debe adecurase a las exigencias legales españolas, por eso lo más recomendable es que su contratación se lleve a cabo por empresa aseguradora especializada, y reconocida en su sector como es ASSSA, Seguros.

ASSSA es una compañía con más de 80 años de experiencia altamente especializada en seguros de salud para ciudadanos internacionales. Entre su amplia gama de productos, dispone de una póliza competitiva y completa diseñada específicamente para estudiantes. Ésta cumple con todos los requisitos de los Consulados para obtener el Visado de estudios, así como para obtener el NIE o renovarlo en Extranjería.

 

ASSSA ESTUDIANTES es un seguro sin copagos, con servicios médicos desde el primer día, flexibilidad en la contratación personalizando fechas y duración, y cobertura integral completa según condiciones generales, entre muchas ventajas y garantías.

La compañía se compromete, además, con la emisión inmediata de pólizas, facilitando la entrada al territorio nacional, y ofrece la opción de pago online para que la contratación se pueda realizar desde cualquier lugar.

Asimismo, ASSSA se caracteriza por su trato personalizado, por lo que cuenta con un equipo de personas profesional y empático volcado enteramente en ofrecer un trato humano, resolver todas las dudas que puedan surgir, tanto en el momento de la contratación como durante el uso del servicio, y agilizar todas las gestiones.

Para mayor tranquilidad, ASSSA cuenta con un extenso cuadro médico formado por centros de prestigio, excelentes facultativos y hospitales con la última tecnología, con el objetivo de que sus asegurados reciban un trato de calidad.

Por todo ello, ASSSA ESTUDIANTES es ideal para disfrutar de una saludable y fructífera estancia de estudios en España.


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7 nov 2024

¿Qué sabemos sobre la legalización de documentos públicos extranjeros?


¿En qué consiste la legalización de documentos públicos?

Dentro del procedimiento de extranjería, para que la Administración pública española pueda tramitar la solicitud del extranjero conforme a la vigente ley y reglamento de Extranjería, es frecuente y habitual, que el interesado deba aportar determinada documentación expedida por organismos públicos de su país de origen. Ciertamente, dichos documentos públicos tienen plenos efectos legales en el país en el que han sido expedidos pero carecen de validez legal en nuestro ordenamiento jurídico pese a haber sido autorizados por empleado público competente.

Así pues, de conformidad con los convenios y tratados internacionales -para que la Administración española pueda reconocer la validez jurídica de estos documentos otorgados por las autoridades públicas de cualquier país distinto a España- exige el cumplimiento de unos requisitos legales mediante el proceso de "legalización" que se articula a través de las vías siguientes: 

Vía Apostilla de la Haya

Se trata del procedimiento aplicable en casos en los que el documento (judicial, administrativo o notarial) ha sido expedido por la autoridad pública de un país firmante del Convenio de la Haya, sobre la supresión de legalización de documentos públicos extranjeros, suscrito el día 5 de octubre de 1961. Esta vía concede la validez jurídica al documento mediante una simple certificación que verifica la autenticidad y calidad de la autoridad que firma el documento.  

Vía diplomática

Se trata del procedimiento aplicable a los paises que no se han adherido al Convenio de la Haya de 1961. Se caracteriza por ser un procedimiento más complejo que el anterior, dado que para reconocer la validez jurídica del documento, es necesario obtener la validación a título individual de cada una de las autoridades implicadas en el documento. En consecuencia, esta vía comporta la realización como  mínimo de 2 diligencias de legalización: una, ante la Oficina Consular o misión Diplomática española; y otra, ante la Sección de Legalizaciones del MAEC (Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación).

¿Qué documentos están exentos de legalización?
  • Los documentos legalizados por Consulados o Embajadas de España en el extranjero provistos de la etiqueta transparente, que no es más que la estampación de una pegatina de seguridad que protege la última firma de la cadena de legalización (MAEC).
  • Los documentos de carácter académico que se presenten directamente en el registro del MAEC o sus representaciones en el exterior.
  • Los documentos que hayan sido eximidos del trámite de legalización en virtud de la aplicación de Convenios Internacionales.


31 ago 2024

Asistencia sanitaria a españoles residentes en Venezuela

Con fecha 13 de mayo de 2024 ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado, el Convenio suscrito por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Reino de España (Secretaria de Estado de Migraciones) y la Fundación España Salud, sobre la prestación de la asistencia sanitaria subvencionada a los emigrantes españoles residentes en Venezuela que carezcan de recursos suficientes.

Dicho convenio encuentra su base legal, por un lado, en el artículo 17 de la Ley 40/2006 de 14 de diciembre del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior, por medio del cual, se reconoce el derecho a la protección de la salud, con la finalidad última de equiparar la que se concede a los residentes en el exterior con la que se presta por el Sistema Nacional de Salud en España; y por otro lado, en la disposición adicional primera de la Ley 3/2005, de 18 de marzo, que reconoce el derecho a la asistencia sanitaria para los ciudadanos de origen español desplazados durante su mínoría de edad al extranjero, en el período comprendido entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1939, como consecuencia de la Guerra Civil española.

Asímismo, establece el referido Convenio que, la prestación de asistencia sanitaria a los españoles residentes en Venezuela se llevará a cabo a través de la Fundación España Salud, a la cual se le conoce como una entidad radicada en Venezuela cuyo objeto es prestar asistencia médico-quirúrgica y farmacéutica a los emigrantes españoles, en particular a los beneficiarios de las prestaciones recogidas en el párrafo anterior sin perjuicio de que su acción se extienda a todos los miembros de la colectividad española, y que dispone de instalaciones clínicas y hospitalarias propias o contratadas en las cuales puede dispensar asistencia médica ambulatoria, de especialidades y/o hospitalaria.

La prestación se extiende al colectivo de españoles residentes legalmente en Venezuela, al que habiéndosele reconocido los derechos anteriormente expuestos, se encuentren en situación de necesidad, y carezcan de asistencia sanitaria o no tengan cobertura suficiente de esta contingencia.

Según el acuerdo suscrito, la Fundación España Salud se compromete a prestar la asistencia sanitaria, ambulatoria, de especialidades y hospitalaria, así como farmacéutica, a las personas que reúnan los requisitos establecidos en el Convenio, en las condiciones siguientes:

  • La atención primaria se prestará con medios propios de la Fundación España Salud a través de la contratación de un equipo médico.
  • La atención especializada ambulatoria se concertará por parte de la Fundación España Salud con médicos, proveedores de servicios o clínicas privadas.
  • La atención quirúrgica hospitalaria se concertará con clínicas privadas.
  • La atención farmacéutica se prestará mediante la suscripción de los oportunos convenios con proveedores farmacéuticos venezolanos, debidamente acreditados.

31 may 2024

El permiso único para residir en la Unión Europea


 ¿Qué es el permiso único de la Unión Europea?

En base a la Directiva (UE) 2024/1233 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de abril de 2024, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea en fecha 30 de abril de 2024, se crea un procedimiento único de solicitud de un permiso único que autoriza a los nacionales de terceros paises a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro, y se establece también, un conjunto de derechos para los trabajadores de terceros paises que residen legalmente en un Estado miembro.

¿Cuál es su ámbito de aplicación?

El permiso único se aplicará a los nacionales de terceros paises que soliciten la residencia en un Estado miembro con el fin de trabajar; así como a los que hayan sido admitidos en un Estado miembro para fines distintos de trabajo (de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional), estén autorizados a trabajar y sean titulares de un permiso de residencia (de conformidad con el Reglamento (CE) 1030/2002); y además, a los admitidos en un Estado miembro con el fin de trabajar según lo establecido en el Derecho de la Unión o nacional.

¿Cuál es su finalidad?

En el contexto de la Unión Europea, el establecimiento de un permiso único persigue simplificar el actual procedimiento administrativo de solicitud de permiso de residencia y trabajo para los nacionales de terceros paises, y con ello garantizar un trato más justo a los ciudadanos no comunitarios que residan legalmente en el territorio de los Estados miembros pretendiendo equiparar sus derechos y obligaciones a los de los ciudadanos de la Unión. 

¿Cuándo entra en vigor su normativa reguladora?

Conviene precisar que la referida Directiva (UE) 2024/1233 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de abril de 2024, por la que se establece un procedimiento único de solicitud de un permiso que autoriza a los nacionales de terceros paises a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro y por la que se establece un conjunto común de derechos para los trabajadores de terceros paises que residen legalmente en un Estado miembro, ha entrado en vigor a los 20 días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, siendo importante destacar que en lo relativo a su aplicación desplegará sus plenos efectos a partir del 22 de mayo de 2026.  

31 mar 2024

¿Cómo solicitar la nacionalidad española por residencia?

 

La nacionalidad es el vínculo jurídico que une al ciudadano con una determinada organización estatal; se adquiere, se conserva y se pierde por disposición legal. De esta manera, su adquisición comporta con carácter general para el ciudadano extranjero, la ampliación de derechos, pero también la exigencia de obligaciones, por parte de la organización estatal a la que el ciudadano queda vinculado.

La ley contempla diferentes modos de adquirir la nacionalidad española, siendo uno de los más habituales, el supuesto mediante el cual el ciudadano extranjero acredita un determinado período de residencia legal en España.

¿Cuáles son los períodos de tiempo exigidos para que un extranjero residente legal en España, pueda optar a la solicitud de la nacionalidad española por residencia legal continuada?

Con carácter general, la ley establece un período de tiempo de 10 años de residencia legal continuada, el cual queda reducido según se indica a continuación:

CINCO AÑOS, para aquellas personas que han obtenido la condición de refugiado.

DOS AÑOS, para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen serfardí.

UN AÑO, para los siguientes casos: 

  • el que haya nacido en territorio español.
  • el que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
  • el que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles, durante dos años consecutivos.
  • el que en el momento de la solicitud lleve un año casado con español o española y no esté separado legalmente o de hecho.
  • el viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.
  • el nacido fuera de España de padre o madre (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.  

Además, el interesado deberá acreditar una buena conducta cívica, un suficiente grado de integración en la sociedad española, así como superar la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma (DELE), cuando sea nacional de un país en el que el castellano no sea lengua oficial.

¿Cómo solicitar la nacionalidad española por residencia?

Independientemente de la localidad de España en la que usted resida, Emigralia puede gestionar su solicitud de nacionalidad española por residencia de forma telemática con un coste económico verdaderamente accesible.

Dicho lo anterior, si puede acreditar el período legal exigido de residencia legal en España y está pensando en solicitar la nacionalidad española, le recomendamos que, con ayuda de un profesional especializado en la materia, verifique si realmente cumple con los requisitos exigidos para disfrutar de las ventajas que este vínculo jurídico le concede.

¡contáctenos!

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27 feb 2024

El seguro médico para visado, estancia y/o residencia en España


Según la vigente Ley de Extranjería y sus normas afines, todo extranjero que se proponga entrar y permanecer en territorio español de manera legal, debe cumplir con una serie de requisitos, y aportar en tiempo y forma, una determinada documentación personal.  La mayoría de los documentos que el ciudadano extranjero debe aportar al procedimiento resultan de fácil obtención al no presentar complejidad ninguna. Sin embargo, hay otros que si requieren de características específicas, y a su vez, son determinantes para que su solicitud sea resuelta de modo favorable.

Dentro de este contexto, el seguro médico privado es uno de los requisitos que reviste especial importancia, por las características específicas que debe reunir, y porque su exigencia es preceptiva (salvo excepciones) en la obtención del visado y/o autorización de estancia o residencia en España. El seguro médico privado debe ser un seguro de salud (no de viaje), sin copagos y con cobertura integral, incluyendo hospitalización. Debe tener vigencia durante toda la permanencia o autorización en España. Por ello, entendemos que su gestión debe hacerse a través de compañía especializada. 

Gracias al reciente acuerdo de colaboración suscrito con ASSSA Seguros (Agrupación Sanitaria de Seguros), ponemos a su disposición un equipo profesional altamente cualificado y especializado en la materia, que le guiará en la obtención del seguro médico que mejor se adapte a sus necesidades, según sea la finalidad de su desplazamiento y/o el período de tiempo que ha previsto permanecer en España.

ASSSA Seguros es una Compañía con más de 80 años de experiencia, que con un alto grado de especialización en asegurar ciudadanos de diferentes nacionalidades, emite las pólizas con la mayor agilidad asesorando a los interesados para que el seguro médico contratado se adapte a sus necesidades, y facilitándo el certificado requerido de manera inmediata para presentar la documentación dentro del plazo legalmente previsto.

ASSSA Seguros ofrece cobertura médica, quirúrgica y hospitalaria, un extenso cuadro médico con prestigiosos facultativos y clínicas equipadas con tecnología de última generación. Su seguro de salud cumple con todos los requerimientos legales establecidos por los Consulados y Oficinas de Extranjería en la tramitación de solicitud de visado o autorización de estancia y/o residencia para permanecer en España. 

Una amplia red de oficinas distribuidas en diferentes zonas del territorio nacional permite ofrecer un servicio personalizado, cercano y profesional, que cuenta además con un equipo multilingüe para comunicar con transparencia a sus interesados, el contenido de las condiciones contractuales de la póliza que sea de su interés. 

¿Cómo puedo contratar el seguro médico privado con ASSSA Seguros? 



Con gusto atenderemos su consulta.



4 ene 2024

Emigralia: consultas y trámites de Extranjería


¿Qué es Emigralia? 

Emigralia es un proyecto profesional enmarcado dentro del ámbito legal de la Extranjería, que conducido por abogada pertenciente al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, va dirigido a todos aquellos que, en un determinado momento y por motivos diversos, adoptan la decisión de trasladarse desde su lugar de origen a otro distinto. Emigralia es fruto de la fuerte demanda de información especializada en la materia así como de la necesidad de cumplir con la vigente normativa en los referidos desplazamientos.

En Emigralia consideramos que, para minimizar riesgos y apostar por el éxito, es fundamental que el migrante disponga de la información adecuada del lugar destino, que ésta sea validada previamente por los respectivos organismos oficiales, y además cuente con la supervisión de un profesional del derecho. 

Para ello, ofrecemos los diferentes servicios que, a continuación, se indican:

Servicios para Emigrar a España
  1. Información legal sobre requisitos de entrada y permanencia en territorio español.
  2. Tramitación de autorizaciones para permanecer legalmente en España: estancia por estudios, residencia, residencia y trabajo, residencia por circunstancias excepcionales, residencia de larga duración, residencia permanente, residencia por interés económico, residencia por protección internacional, y/o modificaciones.
  3. Tramitación de nacionalidad española desde cualquier lugar de España.
  4. Información económica y comercial de España, por sectores y provincias.
  5. Búsqueda de vivienda (compra o alquiler), de colegios/universidades, y otras gestiones administrativas.
  6. Asesoramiento personalizado y adaptado al caso concreto, según sea el motivo del desplazamiento.
  7. Seguro médico para extranjeros.
Servicios para Emigrar al Extranjero
  1. Información general sobre el marco geográfico y político (datos básicos) del país destino.
  2. Información legal sobre los requisitos de entrada y permanencia en país destino según sea el motivo de su desplazamiento.
  3. Información económica y comercial del país destino según perfil del migrante
  4. Búsqueda especializada de información del país destino (adaptada al caso concreto).
  5. Recomendaciones para viajar al extranjero.
Servicios de Español on line 

Clases particulares de conversación en español, impartidas por profesor nativo y debidamente cualificado por reconocido centro de formación acreditado por el Instituto Cervantes, para que desde cualquier parte del mundo pueda practicar nuestro idioma y comunicarse correctamente.


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3 dic 2023

¿Cómo evoluciona el colectivo de trabajadores extranjeros en España?




Los datos recientemente publicados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,  confirman que España sigue siendo un país de acogida para muchos migrantes que por razones distintas han decidido abandonar su lugar de origen en busca de una oportunidad que permita la mejora de ciertas condiciones de vida.

Desde hace décadas, el flujo de personas extranjeras que cada año llegan a territorio español no se detiene. Un análisis simple del fenomeno migratorio en España, nos lleva a afirmar que diversa es la procedencia de estas personas, y diversos también son los motivos por los cuales han escogido nuestro país. No obstante, muchos coinciden en que la calidad de vida y la hospitalidad, son factores que nos distinguen de otros países, y a su vez, constituyen nuestro mayor atractivo.

Trasladarse a vivir a un país que no es el propio implica un gran esfuerzo a nivel personal que se traduce en tener que asimilar en poco tiempo, un montón de cambios en varios aspectos de la vida: hábitos, costumbres, idioma o expresiones de comunicación, etc, lo cual no siempre resulta del todo fácil. Sin duda, la inserción de estas personas en el mercado laboral es factor clave para el desarrollo de su proyecto personal y necesario para garantizar la convivencia social.

En este sentido, es interesante destacar que el número de afiliados extranjeros registrados en la Seguridad Social el pasado mes de octubre, ha alcanzado la cantidad de 2.683.937 ocupados, superando con ello, los niveles pre-pandemia. Del total, el 32,8% proceden de paises de la Unión Europea, mientras que el 67,2% proceden de terceros paises. Por paises, el grupo de afiliados más numeroso pertenece a Rumanía, le sigue Marruecos, Italia, Colombia y Venezuela. En su mayoría, estas afiliaciones se producen en el Régimen General (83,8%) siendo los sectores más ocupados, el sector Educación y Construcción además del Sistema Especial Agrario. En el Régimen de Autónomos, el número de afiliaciones es menor, y viene representado por los paises de China, Rumanía e Italia. 

Así pues, teniendo en cuenta los datos suministrados, podemos concluir que la evolución del colectivo de trabajadores extranjeros en España es favorable y se enmarca dentro de los objetivos previstos en el marco normativo de políticas migratorias. 



16 sept 2023

¿Qué son las Oficinas Consulares del Registro Civil español?


En toda sociedad desarrollada, el Registro Civil cumple una importantísima función, cual es la de constatar la existencia, estado civil y condición de las personas, proporcionando con ello una mayor seguridad jurídica al conjunto de sus ciudadanos. 

Tradicionalmente, el Registro Civil español ha considerado que los hechos que afectan a la persona son inamovibles y permanentes, es decir, perdurables en el tiempo, y desde esa perspectiva y no otra, el legislador los ha venido regulando durante décadas. Desde su nacimiento hasta su muerte, el ciudadano español experimenta una diversidad de situaciones que afectan directamente a su identidad y a su estado civil, tanto si reside en España como si reside en el extranjero; y precisamente por tratarse de hechos que afectan a la esfera más íntima de la persona, es preciso garantizar su protección mediante la práctica de su inscripción en el registro público pertinente.

En una sociedad moderna como la actual, a nadie se le escapa que el modo de entender la familia y las relaciones jurídico-familiares, ha cambiado notablemente. En los últimos años, la sociedad civil española ha experimentado una profunda transformación que ha alterado la concepción tradicional de la identidad de la persona, y en consecuencia, los hechos que afectan a la existencia, identidad y/o estado civil de la misma, ya no se considera que sean permanentes sino más bien que pueden ser susceptibles de modificación. A título de ejemplo, nos remitimos a la equiparación en derechos de la filiación matrimonial y no matrimonial; a la existencia de la relación de afectividad análoga a la conyugal (pareja de hecho); a la posibilidad de celebrar matrimonio que tienen dos personas del mismo sexo; a la posibilidad de inscribir un nacimiento cuyos progenitores sean del mismo sexo; a los supuestos de cambio de sexo, a la posibilidad de cambiar el orden de los apellidos, a los supuestos de adopción internacional; a los supuestos de gestación subrogada, con técnicas de reproducción humana asistida; o a la fecundación post-mortem; entre otros muchos.

Esta nueva realidad social exige una adaptación de la legislación actual, y con ese espíritu de cambio, la última reforma legislativa operada por la Ley 20/2011, de 21 julio, del Registro Civil, vigente desde el 30 de abril de 2021, crea un modelo registral radicalmente distinto al anterior, más acorde con la nueva realidad política, social, territorial y tecnológica de la sociedad española. Con esta nueva regulación el Registro Civil español se configura como una base de datos única para toda España, informatizada y accesible electrónicamente, organizada con una estructura formada por una Oficina Central, Oficinas Generales y Oficinas Consulares.

¿Qué son las Oficinas Consulares del Registro Civil español?

En términos generales, las Oficinas Consulares de un Estado representan la Administración Pública de ese Estado ante las autoridades del país en el que se encuentra ubicada dicha representación. En este sentido, cuando hablamos de la Oficina Consular del Registro Civil español, hablamos de la oficina física que ostenta la representación del Registro Civil español en un determinado territorio extranjero con la finalidad de prestar las funciones que le son propias como Registro Civil a todos los ciudadanos españoles que se han desplazado (de forma temporal o permanente) a dicho territorio. 

Dichas Oficinas Consulares están presentes en cada demarcación consular, y como hemos dicho anteriormente, ejercen las funciones que le son propias al Registro Civil en cualquier localidad de España. Estas oficinas que están repartidas por todo el mundo desempeñan una labor fundamental para los españoles residentes en el extranjero. Sin duda, su presencia resulta de gran utilidad para todo español que encontrándose en país extranjero precisa llevar a cabo cualquier gestión relacionada con su identidad, estado civil y demás circunstancias personales, sin necesidad de tener que desplazarse a España.

¿Qué hacen las Oficinas Consulares del Registro Civil español repartidas por todo el mundo?

1. Inscribir los hechos y actos relativos a españoles que hayan acaecido en su circunscripción Consular, así como los documentos judiciales y no judiciales y certificaciones de Registros Civiles extranjeros que sirvan de título para practicar la inscripción.

2. Expedir certificaciones de los asientos registrales.

3. Recibir y documentar declaraciones de conocimiento y de voluntad en materias propias de su competencia.

4. Instruir el expediente previo de matrimonio, así como expedir las certificaciones de capacidad necesarios para su celebración en el extranjero.

5. Comunicar a la Dirección General de los Registros y el Notariado, la legislación extranjera vigente en materia vinculada al estado civil de las personas.

¿Qué hechos y/o actos de los españoles son inscribibles en el Registro Civil español?

El nacimiento, la filiación, el nombre, los apellidos y sus cambios, el sexo y el cambio de sexo, la nacionalidad y la vecindad civil, la emancipación y el beneficio de la mayor edad, el matrimonio, la separación, la nulidad y el divorcio, el régimen económico matrimonial legal o pactado, las relaciones paterno-filiales y sus modificaciones, los poderes y mandatos preventivos, la propuesta de nombramiento de curador y las medidas de apoyo previstas por una persona respecto de sí misma o de sus bienes, las resoluciones judiciales dictadas en procedimientos de provisión de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad, los actos relativos a la constitución y régimen del patrimonio protegido de las personas con discapacidad, la tutela del menor y la defensa judicial del menor emancipado, las declaraciones de concurso de las personas físicas y la intervención o suspensión de sus facultades, las declaraciones de ausencia y fallecimiento, la defunción.


25 jul 2023

¿Qué es el ESTA y por qué es necesario para viajar a los Estados Unidos?


¿ Cuál es el siginificado de las siglas ESTA ?

El significado de las siglas ESTA (en inglés) es "Electronic System for Travel Authorization" que traducido al español sería Sistema Electrónico de Autorización de Viaje. Así pues, como su propio nombre indica se trata de un sistema electrónico de autorización de viaje destinado a pre-evaluar a los ciudadanos de determinados países, que quieran desplazarse a los Estados Unidos por un tiempo no superior a 90 días y sin necesidad de obtener un visado.

Se trata de un sistema automatizado que permite a las autoridades americanas verificar el cumplimiento de su propia legislación en materia de inmigración y nacionalidad, antes de que el ciudadano viaje a los Estados Unidos. Es decir, el sistema determina si el solicitante es apto o no, para viajar al país. Es importante precisar que no es una visa porque su finalidad es distinta. El ESTA favorable simplemente permitirá la entrada a los Estados Unidos por un máximo de 90 días, y en ningún caso habilitará al solicitante a trabajar o estudiar. El ESTA tendrá una validez de 24 meses, a contar desde su fecha de aprobación (o hasta la fecha de expiración de su pasaporte si éste expira dentro de los 24 meses siguientes).

¿ Quiénes deben solicitar el ESTA para viajar a los Estados Unidos ?

Los ciudadanos que ostenten la nacionalidad de alguno de los países siguientes: Andorra, Australia, Austria, Bélgica, Brunéi, Chile, República Checa, Croacia, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Japón, República de Corea, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Polonia, Portugal, San Marino, Singapur, Singapur, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia, Suiza, Taiwán y Reino Unido. 

La solicitud puede presentarse en cualquier momento siendo recomendable hacerlo con una antelación mínima de 72 horas antes de efectuar el viaje. En la mayoría de los casos la respuesta es inmediata, siendo de tres posibles tipos: autorización aprobada, autorización pendiente, o viaje no autorizado.

¿ Cuáles son los requisitos exigidos para solicitar el ESTA ?

El solicitante deberá tener un pasaporte electrónico que cumpla con los estándares internacionales que garanticen el almacenamiento de la información correpondiente al portador del referido documento. Se exige que el pasaporte disponga de una zona legible por máquina en la página biográfica y un chip digital que contenga información biométrica sobre el propietario del mismo.

El trámite de solicitud se realiza por Internet a través de un sitio web operado por el gobierno de los Estados Unidos, por lo que el solicitante deberá disponer de un correo electrónico para poder gestionar dicha solicitud.

Asimismo, y dado que la gestión de la solicitud del ESTA tiene un coste asociado al trámite, el solicitante deberá disponer también de una tarjeta de crédito para poder efectuar su pago.

¿ Qué ocurre si Usted viaja a Estados Unidos sin el ESTA cuando estaba obligado a ello ?

El viajero que incumpla con dicha obligación va a verse seriamente afectado ya que no solamente se le puede denegar el embarque en el aeropuerto, o sufrir un retraso del mismo sino que incluso se le puede denegar la admisión en el control fronterizo de entrada a los Estados Unidos.  

17 jun 2023

¿Cómo obtener la residencia legal en España por arraigo para la formación?

Para contextualizar el tema debemos remitirnos al régimen jurídico que regula la entrada, permanencia, salida y expulsión del territorio español de los extranjeros en España, del cual se infiere que el extranjero puede permanecer en España en situación administrativa regular porque dispone de una autorización de estancia o residencia, o irregular porque carece de las referidas autorizaciones.

Situación administrativa regular

La situación de estancia refiere al extranjero que se desplaza a España con fines turísticos, o para realizar cursos, estudios, trabajos de investigación o formación, programas de intercambio o servicios de voluntariado. En el primer caso, la vigencia de la autorización será por un período máximo de 90 días, mientras que en el segundo caso, la vigencia de la autorización queda condicionada a la duración del curso, de los trabajos de investigación, del intercambio de alumnos, de las prácticas o del servicio de voluntariado.

La situación de residencia refiere al extranjero que se desplaza a España con otros fines (no turísticos ni de estudios) para permanecer por un período superior a 90 días e inferior a 5 años, quedando en ese caso, obligado a solicitar la correspondiente autorización de residencia temporal así como la autorización de trabajo si lo que pretende es desempeñar una actividad laboral.
  
Situación administrativa irregular

El extranjero puede encontrarse en situación administrativa irregular en España por no haber cumplido con los requisitos legales exigidos para la entrada en frontera, o por haber perdido vigencia la autorización que le fuese concedida en su día para permanecer legalmente en territorio español. Tanto en uno como en otro caso, la ley contempla diferentes mecanismos de actuación: por un lado, imponer una sanción por encontrarse en situación irregular, y por otro lado, conceder una autorización de residencia de carácter excepcional, que puede tener un carácter colectivo y estar limitada en el tiempo (son los denominados "procesos de regularización" que se aprueban por ley a discreción del gobierno), o puede tener un carácter individual y ser permanente (son supuestos excepcionales, como el arraigo laboral, social, familiar o para la formación).

¿Qué es el arraigo para la formación?

El arraigo para la formación es un supuesto legal introducido recientemente por el RD 629/2022, de 26 de julio, que modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades en España y su integración social, pensado para las personas extranjeras que encontrándose en España en situación irregular se comprometen a realizar una formación con la finalidad de obtener una autorización de residencia (y posteriormente de trabajo).

¿Qué requisitos se exigen para solicitar la residencia legal por arraigo para la formación?

La autorización de residencia por arraigo para la formación es una autorización administrativa que con una vigencia de 12 meses desde su concesión, se enmarca dentro de los supuestos de autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales. Para su concesión exige acreditar entre otros, una permanencia continuada en España durante un período mínimo de 2 años y comprometerse a realizar una formación (reglada o no), de forma presencial. Tras notificar su concesión al solicitante extranjero, éste dispone de un plazo de 3 meses para formalizar/acreditar su inscripción en el centro de formación correspondiente. 

¿Qué clase de estudios son admitidos para solicitar este tipo de residencia?
  • Formación profesional reglada conducente a la obtención de un Título de Formación Profesional, Cursos de Especialización, Certificados de Profesionalidad y Certificados de Competencia. 
  • Formación imprescindible para el ejercicio de una profesión específica que conduzca a la obtención de una Certificación de aptitud técnica o habilitación profesional.
  • Formación promovida por los servicios públicos de empleo conducente a obtener la certificación de una formación incluida en el Catálogo de especialidades formativas con una duración superior a 200 horas, ofertadas por la administración estatal o autonómica.
  • Formación permanente de las Universidades conducente a obtener un título de Máster oficial, cursos de ampliación o actualización de competencias y habilidades formativas o profesionales, y otras enseñanzas propias.

¿Está permitido trabajar con la autorización de residencia por arraigo para la formación?

La respuesta es no. La autorización de residencia concedida por arraigo para la formación no permite al extranjero el desempeño de ninguna actividad laboral pero siendo titular de la misma si queda facultado a solicitar una autorización de residencia y trabajo tras la finalización de sus estudios, siendo preceptivo en ese momento haber superado la formación y disponer de un contrato de trabajo relacionado con la formación finalizada.

31 may 2023

La Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos


¿Qué es la Unidad de Grandes Empresas?

La Unidad de Grandes Empresas es un organismo administrativo que dependiendo del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, gestiona las solicitudes de autorización de residencia y trabajo instadas por ciudadanos extranjeros que con un especial perfil profesional pretenden instalarse en España por motivos de interés económico.   

¿Qué trámites realiza la Unidad de Grandes Empresas?

La Unidad de Grandes Empresas se encarga de tramitar las autorizaciones de residencia de aquellas personas extranjeras que acreditando su condición de inversor, emprendedor, profesional altamente cualificado, investigador, trabajador intraempresarial, trabajador del sector audiovisual y cultural, trabajador de la 37ª Copa América de Vela (Barcelona), teletrabajador de carácter internacional, y familiares de todos los anteriores; pretendan permanecer en España conforme a la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, recientemente modificada por la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes. 

¿Quién tiene la condición de inversor?

El extranjero que realiza una inversión económica significativa en España con unos importes mínimos: 1) Inversión en activos financieros, como: Deuda Pública por importe 2.000.000€, Acciones/Participaciones Sociales en sociedades de capital español por importe 1.000.000€, Fondos de Inversión por importe 1.000.000€, o depósitos bancarios en entidad financiera española por importe 1.000.000€, 2) Inversión en inmuebles por importe 500.000€, 3) Inversión en un proyecto empresarial en España que no requiere importe mínimo pero si que tenga un especial impacto de interés general.

¿Quién tiene la condición de emprendedor?

El extranjero que quiera llevar a cabo una actividad empresarial que sea innovadora y/o revierta especial interés económico para España, y cuente además con el preceptivo informe de valoración (favorable) emitido por ENISA, Empresa Nacional de Innovación, S.A.  

¿Quién tiene la condición de personal altamente cualificado?

El profesional extranjero que dispone de una oferta de trabajo en España para ocupar un puesto directivo o desempeñar una actividad que requiera de una cualificación de enseñanza superior o, excepcionalmente acredite un mínimo de tres años de experiencia profesional en la actividad para la cual se solicita la autorización, y ésta sea equiparable a la cualificación exigida.

¿Quién tiene la condición de investigador?

El extranjero que cuente con una oferta laboral para desarrollar una actividad de formación, investigación, desarrollo e innovación en una entidad pública o privada establecida en España. 

¿Quién tiene la condición de trabajador intraempresarial? 

El extranjero que con motivo de una relación laboral, profesional o de formación profesional, se desplaza desde una empresa que se encuentra en el exterior a una empresa radicada en España.

¿Quién tiene la condición de trabajador del sector audiovisual o cultural?

El profesional extranjero que pretenda desarrollar una actividad artística dentro del sector audiovisual, o que vaya destinada a la grabación de cualquier tipo para su difusión por medios masivos, por un período superior a 180 días.

¿Quién tiene la condición de trabajador de 37ª Copa América de Vela (Barcelona)?

El profesional extranjero vinculado a cualquier empresa del campo de la comunicación, técnico, logístico y de gestión del evento que pretenda intervenir en la construcción, mantenimiento o reparación de equipos naúticos. También los regatistas participantes, y demás personas extranjeras que por su experiencia hayan prestado con anterioridad su apoyo profesional en dicha competición.

¿Quién tiene la condición de teletrabajador internacional?

El extranjero (no comunitario) que se desplaza a España para desarrollar una actividad laboral o profesional a distancia para empresas establecidas fuera del territorio nacional mediante el uso exclusivo de medios informáticos, telemáticos y de telecomunicación.

  ¿Quién tiene la condición de familiar de los anteriores?

El cónyuge o persona de análoga relación de afectividad del extranjero solicitante, y los hijos menores de edad. Asimimo, y siempre que no hayan consitituido otra unidad familiar, también adquieren dicha condición los hijos mayores de edad y ascendientes del extranjero solicitante, que demuestren ser económicamente dependientes del titular (extranjero solicitante), es decir, se encuentren a su cargo.

29 abr 2023

Nómadas digitales en la nueva regulación legal "Ley de Startups"


En una economía globalizada como la actual donde el número de empresas tecnológicas va en aumento, el trabajo a distancia con medios digitales se impone y gana terreno propiciando la creación de ecosistemas favorables para el establecimiento de empresas emergentes conocidas como "startups" y de trabajadores en remoto conocidos como "nómadas digitales", o lo que es lo mismo, personas cuyos empleos les permiten trabajar a distancia y cambiar de residencia frecuentemente haciendo compatible el trabajo de alta cualificación con el turismo inmersivo en el país de residencia. 

En este contexto, España no ha quedado atrás, y con objeto de favorecer e impulsar la creación de este tipo de empresas como factor de modernización de su economía, se han adoptado una serie de medidas encaminadas a apoyar el emprendimiento y crecimiento de estas empresas emergentes que se distinguen por sus características específicas y su difícil encaje dentro del marco normativo tradicional.

Así pues, la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento de ecosistema de las empresas emergentes, conocida más popularmente como "Ley de Startups", ha introducido una nueva figura migratoria referida a los teletrabajadores de carácter internacional con importantes consecuencias prácticas en la aplicación de la normativa de extranjería que afecta a la tramitación de las solicitudes de visados y autorizaciones de residencia de teletrabajo de carácter internacional regulados en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre. 

 ¿Quiénes se encuentran en la situación de teletrabajo de carácter internacional?

De conformidad con la "Ley de Startups" se encuentra en situación de residencia por teletrabajo de carácter internacional el nacional de un tercer estado que ha sido autorizado a permanecer en España para ejercer una actividad laboral o profesional a distancia para empresas radicadas fuera del territorio nacional, mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicaciones. La ley distingue según se trate del ejercicio de actividad laboral o del ejercicio de actividad profesional. En el primer caso, el titular de la autorización por teletrabajo de carácter internacional solo podrá trabajar para empresas radicadas fuera del territorio nacional, y en el segundo caso, se permitirá al titular de la autorización por teletrabajo de carácter internacional trabajar para una empresa ubicada en España, siempre y cuando el porcentaje de dicho trabajo no sea superior al 20% del total de su actividad profesional.

¿Cuáles son los requisitos generales exigidos al teletrabajador de carácter internacional?
  • Acreditar la existencia de una actividad real y continuada durante al menos un año de la empresa o grupo de empresas con la que el trabajador mantiene relación laboral o profesional.
  • Acreditar que la relación laboral o profesional se puede realizar en remoto.
  • Acreditar (en caso de relación laboral) que la relación laboral entre trabajador y empresa no localizada en España es de al menos, tres meses anteriores a la solicitud, y que la empresa permite al trabajador realizar dicha actividad laboral a distancia.
  • Acreditar (en caso de relación profesional) que el trabajador tiene relación mercantil con una o varias empresas no localizadas en España durante al menos los tres últimos meses anteriores a la solicitud, y además indicar las condiciones en las que el trabajador va a realizar la actividad profesional a distancia.
¿Quiénes deben solicitar el visado para teletrabajo de carácter internacional?

De conformidad con la "Ley de Startups" deberán solicitar el visado o la autorización de teletrabajo de carácter internacional aquellos extranjeros no residentes en España que se propongan residir en territorio español con el fin de teletrabajar a distancia para una empresa no ubicada en España. La concesión de dicho visado será título suficiente para residir y trabajar a distancia en España y tendrá una vigencia máxima de un año, salvo que el período de trabajo sea inferior, en cuyo caso la duración del visado quedará condicionada a la vigencia del contrato de trabajo. 

¿Cuándo solicitar el permiso de residencia en España para teletrabajo de carácter internacional? 

Establece la referida ley que los extranjeros residentes en España que pretendan teletrabajar a distancia para una empresa localizada en el extranjero, deberán de solicitar una autorización de residencia que tendrá validez en todo el territorio nacional con una vigencia máxima de tres años, salvo que el período de trabajo sea inferior, pudiendo ser renovada por períodos de dos años siempre que se mantengan las condiciones exigidas para su concesión. 

26 mar 2023

¿Qué es el apátrida en el ámbito de la extranjería?


Remitiéndonos a la normativa internacional, y concretamente a la Convención sobre el estatuto de apátridas realizada en la ciudad de New York el 28 de septiembre de 1954, a la cual España se adhirió en 1977, a los apátridas se les otorgan los mismos derechos y tratamiento que a los extranjeros.  

¿Qué significa el término apátrida?

En el ámbito de la extranjería, la condición de apátrida refiere a la carencia de nacionalidad en la que un ciudadano puede encontrarse por diversos motivos, como puede ser: por la desaparición del Estado, por decisiones del gobierno o cambios políticos, por la pertenencia a minorías étnicas, por la pertenencia a territorios en contienda con otros países, por la existencia de diferencias legales entre países, o simplemente, por renunciar a una nacionalidad sin previamente haber adquirido otra.    

Teniendo en cuenta que la concesión de la nacionalidad es competencia de cada Estado, se conoce que en ejercicio de su propia soberanía, corresponderá a cada Estado determinar quiénes son sus nacionales, y cuáles son los procedimientos legalmente establecidos para adquirir o perder su nacionalidad.

Dicho lo anterior, interesa destacar que para reconocer el estatuto de apátrida a una persona no es suficiente con que el solicitante manifieste carecer de nacionalidad sino que además debe cumplir unos requisitos y procedimientos previstos en la normativa aplicable. Así pues, el solicitante deberá demostrar que no posee ninguna nacionalidad centrando el foco de la prueba en examinar la vinculación que ostenta con aquellos Estados con los cuales mantiene algún tipo de relación. 

¿Dónde presentar la solicitud de estatuto de apátrida?

El órgano competente para tramitar dicha solicitud es la Oficina de Asilo y Refugio (dependiente del Ministerio del Interior). El procedimiento puede iniciarse de oficio, en caso de que la propia Oficina de Asilo y Refugio tenga conocimiento de que concurren las circunstancias determinantes del estatuto de apátrida; o bien a instancia de parte, cuando el solicitante manifiesta carecer de nacionalidad porque no es reconocido como nacional por la legislación de ningún Estado. En caso de que el procedimiento se inicie a instancia de parte, el solicitante puede dirigirse a la Oficina de Extranjeros, a las comisarías de policía, o directamente a la Oficina de Asilo y Refugio.  

¿Qué consecuencias tiene obtener el reconocimiento del estatuto de apátrida en España?

La principal consecuencia radica en la obligación de acatar el ordenamiento jurídico español, y la más importante, en el reconocimiento del derecho de residencia y de trabajo en cualquier actividad, tanto por cuenta propia o como ajena. Además, al solicitante se le expedirá el respectivo documento de viaje que no siendo un pasaporte cumplirá las veces de éste, permitiendo su identificación en los desplazamientos al exterior. 

¿En qué supuestos no es posible obtener el reconocimiento del estatuto de apátrida?

1. Cuando las autoridades competentes del país donde las personas solicitantes han fijado su residencia reconozcan derechos y obligaciones inherentes a la posesión de la nacionalidad de ese país.

2. Cuando sobre las personas solicitantes existan razones fundadas para considerar que han cometido un delito contra la paz, un delito de guerra o un delito contra la humanidad, según establece la normativa aplicable.

3. Cuando se conozca que las personas solicitantes han cometido un delito grave de índole política fuera del país de su residencia, antes de su admisión en dicho país.

4. Cuando se conozca que las personas solicitantes son culpables de actos contrarios a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

26 feb 2023

Derechos del extranjero que permanece en España en situación irregular


El derecho a la vida, el derecho a la integridad física y moral; el derecho a la intimidad personal y familiar; el derecho a la propia imagen; el derecho a la libertad religiosa y de culto; son todos ellos derechos que fundamentan el orden público y la paz social, y resultan imprescindibles para garantizar la dignidad humana. Estos derechos fundamentales que están previstos en nuestra constitución, pueden ser disfrutados tanto por españoles como por extranjeros, sin verse delimitados por ninguna ley o tratado internacional.

Así pues, en base a la Declaración Universal de Derechos Humanos y a los Tratados Internacionales en los que España es parte, la propia Ley de Extranjería reconoce determinados derechos a todos los extranjeros al margen de la situación administrativa en la que se encuentren, lo cual significa que pueden ejercer dichos derechos con independencia de que sean titulares o no de una autorización de estancia o residencia, conforme a lo previsto en la referida norma.

¿Cuáles son los derechos del extranjero que permanece en España en situación irregular?    
  • Derecho a la documentación.
  • Derecho a la asistencia sanitaria.
  • Derecho a la educación.
  • Derecho a los servicios sociales básicos.
  • Derecho a la tutela judicial efectiva y asistencia jurídica gratuita.
  • Derecho a no ser discriminado por razón de nacimiento, raza, sexo, religión o condición social.
  • Derecho a la libertad personal.
  • Derecho a la huelga.
  • Derecho a la asociación.
Sin embargo, existen otros derechos en los que al ciudadano extranjero si se le exigirá que acredite ser titular de una autorización de estancia o residencia, para poder disfrutar de ellos, entre otros:
  • El derecho al trabajo.
  • Los derechos de seguridad social.   
  • Los derechos a la libertad de circulación.    
Sin duda, la situación personal y/o jurídica en la que se encuentran las personas extranjeras en España no es homogénea, y ello hace necesario utilizar tratamientos diferenciados según sean las circunstancias del caso así como el régimen legal aplicable. 

7 ene 2023

La llegada de extranjeros a España incrementa la población española


Según recientes datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística referidos al primer semestre de 2022, la población española experimenta su incremento debido a la llegada de inmigrantes extranjeros procedentes principalmente de Colombia (60.142), Ucrania (48.396) y Venezuela (31.703), así como al gran número de extranjeros residentes que han adquirido la nacionalidad española.

Los datos provisionales del Movimiento Natural de la Población para el primer semestre de 2022 cifran el crecimiento de la población de España en 182.141 personas situándose en 47.615.034 el número de personas residentes en España. 

El saldo vegetativo negativo de 75.409 personas se ha visto compensado por el saldo migratorio de 258.547 personas. En otras palabras, significa que durante ese período de tiempo en España se han producido más defunciones que nacimientos y más inmigraciones que emigraciones. Una tendencia que viene produciendo desde hace ya muchos años y que únicamente se vio alterada por el COVID -19.

El origen del fenómeno migratorio es complejo y diversas son las causas que lo motivan. Así pues, razones personales, sociales, políticas o económicas, por sí solas o entrelazadas entre sí, se convierten en el fundamento de una decisión. Las circunstancias históricas cambian y propician nuevos entornos que generan la atracción o el rechazo de sus ciudadanos. Nada que pueda sorprendernos si echamos un vistazo al pasado, para comprobar como de una España que emigra hemos pasado a una España que acoge, gracias al importante flujo migratorio que se desplaza hacia España en busca de una mejor calidad de vida. 

A nivel nacional, las comunidades autónomas que han experimentado un mayor incremento de población han sido la Comunidad de Madrid, Islas Baleares y Comunidad Valenciana. 

La estadística de Migraciones resulta interesante porque nos permite conocer la situación migratoria de nuestro país partiendo de datos contrastados con las variaciones residenciales registradas en el Padrón Municipal, y también a su vez, nos permite tener un conocimiento más profundo tanto de la diversidad cultural, religiosa y lingüística de nuestra sociedad como de su transformación social. 

9 nov 2022

Novedades para solicitar la dispensa de la prueba DELE y/o CCSE del Instituto Cervantes


Resultando de especial interés en el proceso de obtención de la nacionalidad española por residencia, destacamos la aprobación de la Orden JUS/1018/2022 de 24 de octubre, por la que se modifica la Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, sobre la tramitación de los procedimientos de concesión de la nacionalidad española por residencia.

Hay que reconocer que la anterior norma (hoy modificada) ha contribuido notablemente a dar respuesta a la necesidad de disponer de un mayor desarrollo para la tramitación y resolución del procedimiento utilizado en la obtención de la nacionalidad española por residencia, pero no es menos cierto es, que en opinión de muchos, la norma no ha conseguido menoscabar las dificultades derivadas en el tramite de solicitud de las dispensas de las pruebas del Instituto Cervantes, fundamentalmente por no disponer de un procedimiento detallado que determine el órgano competente para resolver, no disponer de un plazo determinado para resolver el procedimiento, no saber interpretar el sentido del silencio, no conocer sobre la pertinencia de los recursos, o simplemente, no saber cuál es el momento procesal oportuno para solicitar dicha dispensa; interrogantes que en muchas ocasiones han implicado la suspensión del procedimiento de nacionalidad hasta la completa tramitación de la dispensa introduciendo con ello una importante disfunción procedimental.

Desde el propio Instituto Cervantes se ha apuntado la problemática en la que se encuentran muchos candidatos cuando necesitan identificarse para realizar las pruebas del examen CCSE y/o DELE, pues según la normativa anterior, debían hacerlo aportando el pasaporte junto con la TIE, original y en vigor, lo cual resultaba especialmente gravoso en ciudadanos procedentes de países con normas reguladoras del pasaporte extremadamente restrictivas por motivos diversos, y por ello, se ha considerado que en estos casos, la TIE sería un medio de identificación más fácil al ser un documento común a todos los extranjeros residentes en España.

La presente modificación pretende mejorar el procedimiento de solicitud de dispensa de las pruebas DELE y/o CCSE, en los siguientes términos:

- Por lo que refiere a la instrucción del procedimiento, se establece que desde la notificación del requerimiento, se concederá el plazo de tres meses para subsanar la falta o aportar los documentos requeridos, y que en dicho requerimiento se indicará que, de no efectuarse la subsanación en el plazo establecido se le tendrá por desistido de la pretensión, y se procederá al archivo del procedimiento por desistimiento tácito del solicitante, dictándose la correspondiente resolución que pondrá fin a la vía administrativa.

- Por lo que refiere a la identificación del ciudadano extranjero que solicita examinarse, se establece que los responsables de cada centro de examen DELE y CCSE reconocido por el Instituto Cervantes podrán verificar la identidad del candidato, de forma excepcional, mediante la exhibición del pasaporte o de la TIE, original y en vigor.

- Por lo que refiere a las personas con discapacidad, se establece que el Instituto Cervantes ofrecerá actuaciones especiales en la práctica de las pruebas DELE y CCSE permitiendo que se dispongan de todos los apoyos necesarios para que dichas personas puedan concurrir en condiciones de igualdad.

- Por lo que refiere a las personas que no sepan leer ni escribir o tengan dificultades de aprendizaje, así como los que hayan sido escolarizados en España y superado la educación secundaria obligatoria, se establece la  posibilidad de solicitar la dispensa en la realización de las referidas pruebas, al Ministerio de Justicia que en su caso quedará encargado de resolver motivadamente a la vista de las circunstancias particulares y de las pruebas aportadas. 

Interesa conocer que la dispensa deberá solicitarse necesariamente en el modelo normalizado y con carácter previo a la solicitud de nacionalidad por residencia, y que no podrá iniciarse la solicitud de nacionalidad española por residencia mientras no se haya resuelto, expresa o presuntamente, la solicitud de dispensa, excepto cuando la referida solicitud sea para quienes hayan sido escolarizados en España y hayan superado la educación secundaria obligatoria, en este último caso, no será necesario solicitar la dispensa y bastará con aportar la documentación acreditativa correspondiente a la solicitud de nacionalidad española por residencia. A efectos de lo anterior, es muy importante tener en cuenta que si presentamos la solicitud de nacionalidad española por residencia al mismo tiempo que la solicitud de dispensa, se procederá al archivo de la solicitud de nacionalidad española por residencia mediante resolución que pondrá fin a la vía administrativa.

Finalmente saber que el plazo para resolver sobre la solicitud de dispensa es de 6 meses a contar desde la presentación de la solicitud, y que dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa, considerándose desestimadas aquellas en las que habiendo transcurrido el plazo de 6 meses, no se haya dictado resolución que podrá ser del tener siguiente:
  • dispensar la realización de las pruebas DELE y/o CCSE
  • denegar la dispensa de las pruebas DELE y/o CCSE
  • autorizar las pruebas DELE y/o CCSE adaptadas ante el Instituto Cervantes

La Unión Europea establece unas normas mínimas para la concesión de protección temporal, en caso de afluencia masiva de personas desplazadas...